{"id":62875,"date":"2023-10-08T15:39:16","date_gmt":"2023-10-08T13:39:16","guid":{"rendered":"https:\/\/www.cecile-zakine.fr\/?page_id=62875"},"modified":"2025-02-18T23:36:14","modified_gmt":"2025-02-18T22:36:14","slug":"le-retard-en-vefa-et-ccmi-que-faire-par-me-cecile-zakine-docteur-en-droit-avocat-a-bordeaux","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.cecile-zakine.fr\/es\/le-retard-en-vefa-et-ccmi-que-faire-par-me-cecile-zakine-docteur-en-droit-avocat-a-bordeaux\/","title":{"rendered":"El retraso en VEFA y CCMI: \u00bfqu\u00e9 hacer? Por m\u00ed C\u00e9cile ZAKINE, Doctora en Derecho Abogada en Burdeos"},"content":{"rendered":"

\"abogado<\/h2>\n

1. Retraso en la entrega compensable<\/strong><\/h2>\n

Adquisiciones de bienes inmuebles nuevos o \u201c\u00a0en planes<\/i>\u00a0\u00bb est\u00e1n legalmente regulados por el C\u00f3digo de Construcci\u00f3n y Vivienda. La venta de un edificio en estado futuro de finalizaci\u00f3n (VEFA) y la venta de casas individuales (CCMI) son los m\u00e9todos m\u00e1s habituales para adquirir una nueva propiedad.<\/p>\n

En cada uno de estos contratos, la ley exige que el plazo de entrega se especifique en el acto de adquisici\u00f3n. En general, el contrato prev\u00e9 una f\u00f3rmula como \u201c\u00a0a m\u00e1s tardar el 31 de marzo de 2021<\/i>\u00a0" O "\u00a0al final del primer trimestre de 2021<\/i>\u00a0".
Una vez pasada esta fecha, el comprador tiene derecho a obtener una indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n

Sin embargo, en la mayor\u00eda de los contratos de compraventa de edificios nuevos, en VEFA o CCMI<\/a>, se prev\u00e9 una cl\u00e1usula en la que se enumeran las causas leg\u00edtimas de suspensi\u00f3n del plazo de entrega.<\/p>\n

Las causas dadas son generalmente las siguientes:
\n\"-\"\u00a0 Mal tiempo
\n\"-\"\u00a0 Apelaciones de terceros relacionadas con permisos de construcci\u00f3n
\n\"-\"\u00a0 Huelga parcial o general, abandono del local de una empresa en quiebra, crisis sanitaria del Covid-19
\n\"-\"\u00a0 Retrasos por anomal\u00edas del subsuelo<\/p>\n

Siempre que el retraso en la entrega del inmueble se deba a una causa leg\u00edtima y justificada, no procede indemnizaci\u00f3n alguna por parte del promotor.<\/p>\n

Cabe se\u00f1alar que la mayor\u00eda de los contratos prev\u00e9n la adici\u00f3n de una cl\u00e1usula que tiene por efecto duplicar el n\u00famero de d\u00edas de retraso justificado y que queda redactada de la siguiente manera:
\u201c\u00a0en caso de que se produjera uno de los hechos mencionados, esto tendr\u00eda como efecto retrasar la entrega de los bienes vendidos por un tiempo igual al doble del realmente registrado, debido a la repercusi\u00f3n en la organizaci\u00f3n general del sitio.<\/i>\u00a0\u00bb<\/p>\n

El Tribunal de Casaci\u00f3n, consistentemente, considera que esta cl\u00e1usula no es abusiva en perjuicio del no profesional o del consumidor porque no prev\u00e9 un desequilibrio significativo entre los derechos y obligaciones de las partes del contrato.\u00a0[1<\/a>]<\/span>.<\/p>\n

Sin embargo, si determinadas causas son leg\u00edtimas, el promotor o constructor de una vivienda individual a\u00fan deber\u00e1 justificar su existencia y su relaci\u00f3n causal con el retraso en la entrega.<\/p>\n

Si el fabricante no justifica el retraso en la entrega con los justificantes, corresponde al comprador enviarle un aviso por correo certificado para facilitarle los justificantes.<\/p>\n

Por su parte, el comprador deber\u00e1 cuidar de analizar todos los justificantes aportados y, en su caso, impugnarlos. Esta fase de an\u00e1lisis puede resultar compleja y tediosa. La asistencia de un Se recomienda un abogado familiarizado con este tipo de litigios para obtener la mejor compensaci\u00f3n.<\/a> posible.<\/p>\n

2. Indemnizaci\u00f3n en caso de retraso en la entrega<\/strong><\/h2>\n
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Si el retraso es injustificado, el comprador podr\u00e1 obtener una indemnizaci\u00f3n por el perjuicio causado por dicho retraso. Es necesario Diferenciar entre contratos VEFA y CCMI<\/a>.<\/div>\n
De hecho, la legislaci\u00f3n vigente los distingue y determinadas disposiciones relativas a la compensaci\u00f3n por retrasos no son v\u00e1lidas para cada uno de estos contratos.<\/div>\n
CCMI: se prev\u00e9 una penalizaci\u00f3n de al menos 1\/3000<\/a> del precio de adquisici\u00f3n por d\u00eda de retraso[2]. \u2013<\/div>\n
VEFA: ninguna disposici\u00f3n legal o reglamentaria regula la compensaci\u00f3n por retrasos en la entrega<\/div>\n
<\/div>\n
La compensaci\u00f3n en caso de retraso tambi\u00e9n puede estar prevista contractualmente en cada uno de estos contratos.<\/div>\n
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En el caso de la CCMI, la sanci\u00f3n deber\u00e1 ser de al menos 1\/3000 del precio de construcci\u00f3n por d\u00eda de retraso. Esta misma sanci\u00f3n puede aplicarse en el contexto de los VEFA, aunque sea muy raro.<\/div>\n
Por ejemplo, para una casa residencial cuyo precio de construcci\u00f3n sea de 300.000 euros, el comprador recibir\u00e1 una indemnizaci\u00f3n por d\u00eda de retraso injustificado de (300.000 * 1\/3000) 100 euros.<\/div>\n
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Finalmente, el comprador podr\u00e1 invocar cualquier tipo de da\u00f1o, siempre que sea consecuencia del retraso en la entrega. Por tanto, la compensaci\u00f3n por el retraso puede justificarse por: \u2013<\/div>\n
Una acumulaci\u00f3n del alquiler con el pago del pr\u00e9stamo \u2013<\/div>\n
Una p\u00e9rdida de ingresos por alquiler<\/div>\n
\u2013 P\u00e9rdida de una ventaja fiscal en caso de adquisici\u00f3n supervisada por un sistema de exenci\u00f3n fiscal y de inversi\u00f3n en alquiler como PINEL \u2013 DUFLOT \u2013 Alquiler de una unidad de almacenamiento<\/div>\n
\u2013 Reembolso de intereses provisionales, gastos bancarios<\/div>\n
<\/div>\n
Siendo cada situaci\u00f3n diferente, corresponde al comprador que sufre un retraso en la entrega justificar su da\u00f1o personal, ya sea directamente ante el fabricante o a trav\u00e9s de un abogado.<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n
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En casos de retraso injustificado en la entrega, el comprador tiene derecho a reclamar una indemnizaci\u00f3n por los da\u00f1os sufridos. Sin embargo, los t\u00e9rminos de esta compensaci\u00f3n var\u00edan seg\u00fan el tipo de contrato celebrado:<\/div>\n<\/div>\n
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  1. Contrato de Construcci\u00f3n de Vivienda Individual (CCMI)<\/strong> : La penalizaci\u00f3n est\u00e1ndar es de al menos 1\/3000 del precio total de la construcci\u00f3n por d\u00eda de retraso.<\/li>\n
  2. Venta en estado futuro de finalizaci\u00f3n (VEFA)<\/strong> : La legislaci\u00f3n actual no prev\u00e9 normas espec\u00edficas para la compensaci\u00f3n en caso de retraso.<\/li>\n<\/ol>\n<\/div>\n

    3. Obtenci\u00f3n de compensaci\u00f3n por entrega tard\u00eda<\/strong><\/h2>\n

    Cuando se produce un retraso en la entrega del inmueble, el comprador tiene derechos que puede hacer valer. Si el promotor o constructor alega causas leg\u00edtimas para justificar este retraso, el adquirente deber\u00e1 realizar una verificaci\u00f3n de los hechos y, en su caso, emitir un requerimiento formal para reclamar sus da\u00f1os y perjuicios.<\/p>\n

    Se recomienda encarecidamente consultar a un abogado especializado en litigios inmobiliarios<\/a> obtener asesoramiento espec\u00edfico sobre los da\u00f1os que probablemente deben ser indemnizados, en particular porque el da\u00f1o moral sigue siendo complejo de cuantificar.<\/p>\n

    A menudo es posible la opci\u00f3n de un acuerdo amistoso. En este contexto, las partes podr\u00e1n celebrar un acuerdo de transacci\u00f3n en el que se especifiquen las condiciones de la compensaci\u00f3n, incluido el per\u00edodo cubierto y las cantidades concedidas.<\/p>\n

    A falta de una resoluci\u00f3n amistosa, emprender acciones legales se vuelve esencial para hacer valer sus derechos a una indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n

    Ma\u00eetre Zakine: Su socio legal en VEFA, disponible presencialmente o por videoconferencia<\/strong><\/h2>\n

    Invertir en una venta en estado futuro de finalizaci\u00f3n (VEFA) es un proceso complejo que requiere una experiencia jur\u00eddica profunda. Ma\u00eetre Zakine, abogado especializado en derecho inmobiliario<\/a> y en particular en t\u00e9rminos de VEFA, le ofrece soporte personalizado para asegurar su inversi\u00f3n y satisfacer sus necesidades espec\u00edficas.<\/p>\n

    Experiencia multidimensional:<\/h4>\n

    Ma\u00eetre Zakine le ayuda en una variedad de disputas relacionadas con VEFA, que incluyen, entre otras:<\/p>\n