En breve:<\/strong> S\u00ed, el derecho de paso debido a un enclave cesa legalmente tan pronto como el enclave desaparece.<\/p>\nEn detalle:<\/strong> El art\u00edculo 703 del C\u00f3digo Civil establece claramente que "las servidumbres cesan cuando las cosas est\u00e1n en tal estado que ya no pueden usarse". As\u00ed, cuando un propietario beneficiario de un derecho de paso adquiere un terreno que le da acceso directo a la v\u00eda p\u00fablica, o cuando se crea una nueva v\u00eda p\u00fablica en el l\u00edmite de su propiedad, el derecho de paso debido al enclave ya no tiene raz\u00f3n de ser jur\u00eddicamente. El propietario del terreno sirviente puede entonces pedir la confirmaci\u00f3n de esta extinci\u00f3n y la supresi\u00f3n del derecho de paso.<\/p>\n5: \u00bfPuede un propietario negarse a terminar una servidumbre si adquiere un nuevo acceso?<\/h2>\n
En breve:<\/strong> S\u00f3lo podr\u00e1 oponerse si el nuevo acceso es insuficiente, peligroso o dif\u00edcil de utilizar.<\/p>\nEn detalle:<\/strong> El propietario del terreno dominante podr\u00e1 impugnar la extinci\u00f3n de la servidumbre demostrando que:<\/p>\n\n- El nuevo acceso presenta peligro (poca visibilidad en la v\u00eda p\u00fablica, pendiente pronunciada)<\/li>\n
- Su desarrollo requerir\u00eda un trabajo desproporcionado al valor del inmueble.<\/li>\n
- Limitaciones t\u00e9cnicas, administrativas o urban\u00edsticas impiden el uso normal de este nuevo acceso.<\/li>\n
- Su configuraci\u00f3n no permite un uso correspondiente a la finalidad del fondo (por ejemplo, no apto para el paso de veh\u00edculos agr\u00edcolas si el inmueble es una explotaci\u00f3n agr\u00edcola)<\/li>\n<\/ul>\n
No basta, pues, que el nuevo acceso exista materialmente: es necesario que sea efectivamente practicable y adaptado a las leg\u00edtimas necesidades del titular.<\/p>\n
6: \u00bfCu\u00e1l es el procedimiento para cancelar un derecho de v\u00eda que ha quedado inservible?<\/h2>\n
En breve:<\/strong> Intento de acuerdo amistoso, luego formalizaci\u00f3n notarial en caso de acuerdo, o acci\u00f3n judicial en caso de negativa.<\/p>\nEn detalle:<\/strong> El procedimiento recomendado implica varios pasos:<\/p>\n\n- Intento de soluci\u00f3n amistosa<\/strong>\u00a0:Comun\u00edquese con el beneficiario para demostrarle que la servidumbre ya no existe y ofrecerle renunciar formalmente a ella.<\/li>\n
- Informe notariado<\/strong>\u00a0:En caso de acuerdo, levantar acta notarial que conste la extinci\u00f3n de la servidumbre y publicarla en el Registro de la Propiedad para su oponibilidad a terceros.<\/li>\n
- Mediaci\u00f3n o conciliaci\u00f3n<\/strong>\u00a0:En caso de desacuerdo, solicitar la intervenci\u00f3n de un mediador o conciliador antes de cualquier acci\u00f3n legal.<\/li>\n
- Acci\u00f3n legal<\/strong>\u00a0:Como \u00faltimo recurso, se deber\u00e1 recurrir al tribunal territorialmente competente (el del lugar de ubicaci\u00f3n del edificio) para solicitar la declaraci\u00f3n de extinci\u00f3n de la servidumbre.<\/li>\n
- Experiencia legal posible<\/strong>\u00a0:El tribunal podr\u00e1 ordenar un dictamen pericial para evaluar si el nuevo acceso es efectivamente suficiente.<\/li>\n<\/ol>\n
7: \u00bfLa servidumbre convencional est\u00e1 sujeta a las mismas reglas de extinci\u00f3n?<\/h2>\n
En breve:<\/strong> No, una servidumbre establecida por acuerdo no expira autom\u00e1ticamente si el enclave desaparece, a menos que se estipule lo contrario en la escritura.<\/p>\nEn detalle:<\/strong> A diferencia de la servidumbre legal por enclave, la servidumbre convencional (establecida por acuerdo) obedece a reglas diferentes:<\/p>\n\n- Persiste incluso si el enclave desaparece, a menos que la ley especifique expl\u00edcitamente que cesar\u00e1 en ese caso.<\/li>\n
- Puede extinguirse por:\n